Emisión certificados de Firma electrónica

Para Despachos de Asesoría, sus Clientes y Empleados.

Todos los Certificados que emitimos son de Firma Cualificada.

¿Cuál es la diferencia entre Certificados cualificados y no cualificados de firma electrónica? ➜

Tipos de Certificados y Modelos de Solicitudes

Declaración Responsable y Nota de Encargo.

Documento por el que el titular de la Firma Electrónica asume que está solicitando una firma electrónica y se responsabiliza del uso del certificado. El despacho que lo gestiona confirma la identificación del cliente y su capacidad para solicitar la Firma Electrónica. Por lo que el titular del certificado asume la realización de esta gestión por el Despacho.

Declaración Responsable y Nota de Encargo Solicitud de Certificado de Firma

Certificado Cualificado de Representante de Persona Jurídica (AA.PP.)

¿Que Documentación se debe Aportar?

Se puede elegir la forma de Renovación del Certificado de firma. Anualmente o Cada dos Años.

Independientemente de la duración elegida para su renovación, en ambos casos, según la normativa vigente, cada 5 años (6 para las renovaciones cada 2 años) habrá que solicitar y presentar de nuevo a documentación pertinente. El precio no varía; el de renovación anual es la mitad (+IVA) del que se renueva cada 2 años.

Solicitud Personas Jurídicas

Certificado Cualificado de Autónomo.

¿Que documentación Aportar?

Es un certificado electrónico emitido a una persona física en su condición de trabajador autónomo, que le permite realizar trámites electrónicos con terceras personas, administraciones públicas, organismos públicos, etc. así como firmar en su propio nombre y derecho documentos con plenas garantías legales, garantizando a la vez su identidad personal, la vigencia de su situación actual de autónomo dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)*

Solicitud de Certificado Autónomo

Certificado Cualificado de Ciudadano.

¿Qué documentación Aportar?

Es el equivalente digital del DNI o del NIE. Es un certificado digital que permite a su titular realizar trámites online que requieran autenticación de identidad, así como firmar digitalmente en su propio nombre y derecho documentos con plenas garantías legales. Es igual en cuanto a validez que tu firma manuscrita.

Se puede elegir la duración del Certificado de Firma. Con duración de dos Años (cuando se desea para unos tramites), cinco Años. (plazo legal normal)

Solicitud Ciudadano

Horario de atención

De Lunes a Viernes De 9:30 a 14:30 h y de 16:30 a 19:30 h

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